El pasado 20 de septiembre se publicó la nueva Directiva UE 2023/1791 relativa a la eficiencia energética, por la que se modifica el Reglamento UE 2023/955. Esta Directiva establece un marco común de medidas para el fomento de la eficiencia energética dentro de la Unión Europea con el fin de conseguir los objetivos en materia de eficiencia energética.
El marco común tiene por objeto contribuir a la aplicación del Reglamento UE 2021/1119 que establece el marco para lograr la neutralidad climática y a la seguridad del abastecimiento energético de la Unión mediante la reducción de su dependencia de las importaciones de energía, incluidos los combustibles fósiles.
En esta Directiva se establecen normas destinadas a:
- Implantar medidas de eficiencia energética en todos los sectores.
- Eliminar barreras en el mercado de la energía.
- Mejorar la eficiencia en el abastecimiento, el transporte, el almacenamiento y el consumo de energía.
- Marca las contribuciones nacionales de eficiencia energética para 2030.
Los Estados miembros deberán adoptar las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a esta directiva antes de enero de 2025.
Cabe destacar las medidas encaminadas a la información de los consumidores.
Esta Directiva refuerza la protección de los consumidores al introducir derechos contractuales básicos para los sistemas urbanos de calefacción, refrigeración y agua caliente sanitaria,
Debe ponerse a disposición de los consumidores información sencilla y sin ambigüedades sobre sus derechos, ayudando a comprender mejor las condiciones de los servicios ofrecidos por el proveedor en el contrato, en particular la calidad y las características de la energía suministrada, contribuyendo a minimizar los costes ocultos o extraordinarios que podrían derivarse de la introducción de servicios con posterioridad a la firma del contrato sin que el cliente haya comprendido claramente cuál es el cambio ni haya dado su consentimiento.
Los requisitos que se establecen contribuirán a la mejora de la comparabilidad de las ofertas y garantizarán el mismo nivel de derechos para todos los ciudadanos de la Unión por lo que respecta a la calefacción, la refrigeración y el agua caliente sanitaria, sin limitar las competencias nacionales.
Los Estados miembros deberán establecer procedimientos rápidos y eficaces de tramitación de las reclamaciones.
El texto a la directiva está disponible en el siguiente enlace.