El Consejo de Ministros, ha aprobado un Real Decreto-ley que amplía la vigencia temporal de las deducciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas que se aplican sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual y en los edificios residenciales.
La norma extiende hasta el 31 de diciembre de 2025 las siguientes deducciones:
➢ Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.
➢ Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras “A” o “B” en vivienda habitual, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.
➢ Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras “A” o “B” en edificios residenciales, hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.
Es importante destacar que las fechas antes citadas se refieren a la fecha de emisión del certificado energético final.
Otro de los aspectos a tener en cuenta para poder acceder a las deducciones fiscales, es que el certificado de eficiencia energética inicial sea, como máximo, dos años anterior al inicio de las obras. Consideramos este aspecto especialmente importante teniendo en cuenta que muchos procesos de rehabilitación de edificios se iniciaron vinculados a los fondos Next Generation hace aproximadamente dos años.
Es por ello por lo que, desde el COAATZ, queremos recordar a nuestros colegiados revisar la fecha de emisión de los certificados de eficiencia energética de forma previa al comienzo de las obras de rehabilitación.